Gracias "Miss Marple":

El MEDE (o ESM en inglés) aún no ha entrado en vigor (se espera que esté ratificado para el 9 de julio). Tiene rango de tratado europeo, sus miembros son los países del euro, y necesita ser ratificado por países cubriendo el 90% del capital inicial acordado. Fue firmado en Febrero de 2011, con algunos cambios en noviembre de 2011 y una pequeña enmienda en febrero de este año. Tiene una serie de formas autorizadas de intervenir en ayuda de países que lo necesiten, incluyendo la compra de bonos en los mercados primario y secundario, sujeto a petición previa del país interesado, evaluación del caso por parte de la Comisión Europea, y firma de un acuerdo de condiciones (Memorandum of Understanding). El comunicado del viernes no contiene ningún cambio al tratado (con una posible excepción a largo plazo, más detalles abajo). Ni una coma. Se intenta así evitar la necesidad de tener que ratificarlo otra vez en cada país. Ese objetivo se consiguió con un comunicado ambiguo que permitiera a Monti y Rajoy clamar victoria y grandes cambios, pero que en realidad no hizo más que anunciar otra vez lo que está en el tratado del ESM desde el principio.

EN efecto, no han hecho sino repetir el truco que ya hicieron antes (en Julio 2011), y que se refleja en el tercer parrafo de las disposiciones iniciales del tratado. Creo que hasta la redacción es idéntica; ¿no les suena familiar?:

(3) With a view to increasing the effectiveness of the financial assistance and to prevent the risk of financial contagion, the Heads of State or Government of the Member States whose currency is the euro agreed on 21 July 2011 to "increase [the] flexibility [of the ESM] linked to appropriate conditionality".

Repito otra vez que vale la pena leerse el tratado (no es tan largo). Si no, les seguirán mareando con rumores:

http://www.european-council.europa.e...tesm2.en12.pdf

Los anuncios concretos del viernes, y como se compadecen con el tratado:

1) Recapitalización directa de los bancos sin pasar por el estado, con condicionalidad aplicada a nivel de entidad, sector o estado: esta posibilidad es la excepción mencionada antes, la única que no está incluida en el tratado, y requeriría una enmienda; pero es condicional al establecimiento previo de un supervisor bancario común efectivo, tras lo cual entraría en juego el proceso de redacción de la enmienda y re-ratificación. En resumen, patadón p'alante, y ya veremos el año que viene.

2) España logra (si se dan prisa) que la ayuda inicial a los bancos salga del EFSF antes del 9 de Julio, y se transfiera luego al ESM (posibilidad contemplada en el artículo 40); eso permite evitar la clausula que da al ESM prioridad en el cobro (disposición inicial 13), sin tener que efectuar cambios en el tratado.

3) Compra de bonos por el ESM, sujeta a condicionalidad: siempre ha estado ahí, en los artículos 17 (mercado primario) y 18 (mercado secundario).

La decisión de conceder cualquier modalidad de ayuda se tomará por unanimidad de los gobernadores (los ministros de finanzas de los países miembros), caso por caso. Ahí es donde Holanda y Finlandia amenazan con boicotear, no en la re-ratificación del tratado.

A quien preguntaba por el tipo de interés que se cobrará a España: similar al de Grecia, Irlanda y Portugal según la disposición inicial 15).